Requisitos para matricular un coche por cambio de residencia en España

Requisitos para matricular un coche por cambio de residencia en España

Requisitos para matricular un coche por cambio de residencia

Este trámite forma parte de la homologación individual y matriculación de vehículos importados que gestionamos en Par Motor Garage. Si buscas el detalle de la exención fiscal, los plazos y el modelo 06, lo tienes en nuestra página de matriculación por cambio de residencia.

– Residir en el país de origen 12 meses consecutivos antes de trasladar su residencia a España.

– Usarlo y matricularlo en el país de origen durante más de 6 meses antes de su traslado a España. Se debe tener una factura o contrato de compra del vehículo que justifique esto, así como un uso normal.

– Haberlo comprado sin beneficios, ninguna exención de impuestos en la compra o devolución de los impuestos o cuotas devengadas debido a su salida de dicho país.

– Sólo pueden matricularse a través de cambio de residencia vehículos de uso particular, es decir, los vehículos comerciales o industriales quedarían excluidos.

– Baja consular en el país de origen.

Ventajas de matricular un coche por cambio de residencia

– Exención en el pago del 10% de Aranceles de importación en el caso de provenir de un país de fuera de la UE.

– Exención en el pago del 21% de IVA en el caso de provenir de un país de fuera de la UE.

– Exención en el pago de Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte IEDMT (Modelo 576) o Impuesto de Matriculación, sean cuales sean sus emisiones de CO₂.

– No es necesario pasar por una homologación individual en aquellos vehículos que carecen de contraseña de homologación europea o que cuentan con modificaciones, siendo algunas veces la matriculación por traslado de residencia la única opción para matricular en España ciertos vehículos. En este caso, necesitarás simplemente una ficha reducida particularizada redactada por un ingeniero. Pero cuidado, si el vehículo a matricular es un vehículo industrial o comercial, no servirá la ficha reducida y será necesaria una homologación individual.

Documentación necesaria:

Para realizar el cambio de residencia de tus vehículos necesitas la siguiente documentación:

– Factura de compra o contrato de compraventa.

– Documentación del vehículo del país de origen.

– Fotocopia DNI/NIE/Pasaporte.

– Baja Consular, que certifique que ha residido más de 1 año en el país. Si no te has dado de alta en el Consulado, para solicitar la franquicia puedes aportar cualquier documento admitido en derecho que demuestre tu residencia.

– Alta Padrón en España, certificado de empadronamiento en España.

– DUA Documento Único Administrativo

– Para justificar el cambio de residencia te pueden solicitar también el contrato de trabajo, el contrato de alquiler en España, etc.


Pasos para matricular tu vehículo en España por cambio de residencia:

  1. Si tu residencia anterior es en un país no perteneciente a la Unión Europea, debes pasar por Aduanas para despachar el vehículo. Es fundamental realizar un DUA por cambio de residencia y no por importación normal, sino no conseguirás ningún beneficio fiscal, ya que se entiende que es una importación normal. Nuestro agente de Aduanas se encargará de rellenar y presentar el DUA sin fallos en aduanas.
  2. Solicitar en tráfico (DGT) las matrículas provisionales del vehículo, es decir, las Placas Verdes, para poder circular con él mientras gestionas todo el proceso para su matriculación definitiva (si es un vehículo procedente de terceros países que no pueden circular por territorio español).
  3. Adaptar el sistema de alumbrado y señalización luminosa a la Normativa Europea, si no lo están.
  4. Solicitar el COC o una Ficha Reducida.
  5. Solicitar cita en ITV para la inspección para matriculación por importación, y así conseguir la Ficha Técnica convencional. 
  6. Solicitar la exención del Impuesto de Matriculación en la Agencia Tributaria. 
  7. Pagar el Impuesto de Circulación.
  8. Presentar toda la documentación en la DGT y solicitar la matriculación definitiva del automóvil, para conseguir el Permiso de Circulación y el número de matrícula asociado a este.

 

Te habrás dado cuenta de que el proceso de matriculación por cambio de residencia es complejo ya que debes tener en cuenta muchos factores a nivel de documentación y organismos como Aduanas, Ingeniería, ITV, Agencia tributaria y DGT , desde PAR MOTOR GARAGE SL realizamos todos los trámites para la matriculación de tus vehículos sin que tengas que preocuparte de nada.

 

Preguntas frecuentes sobre matriculación por cambio de residencia en España:

¿Tengo que pagar tasa de aduanas e IVA si la importación es por cambio de residencia?

La respuesta es NO, si te mudas desde un país de fuera de la UE y cumples todos los requisitos para considerarse cambio de residencia, tu vehículo estará exento de arancel e IVA al pasar por Aduanas.

¿Tengo que pagar el impuesto de matriculación si la importación es por cambio de residencia?

La respuesta es NO, si cumples con todos los requisitos asociados al traslado de residencia, estás exento del pago del impuesto de matriculación o IEDMT.

¿Cuándo debo solicitar la exención del pago del impuesto de matriculación?

Una vez pasado el despacho de aduanas o comenzado el proceso de matriculación, deberás solicitarlo cuanto antes en la Agencia Tributaria, para no quedarte fuera.

¿Puedo vender un coche matriculado por cambio de residencia?

Si, pero ten en cuenta que debes utilizarlo de manera normal al menos otros 12 meses desde su registro en España, no es necesario conducirlo, pero no lo podrás vender ni alquilar durante ese periodo de tiempo.

¿Es necesario pasar por una homologación individual en el caso de un coche importado por traslado de residencia?

No, si cumples con todos los requisitos, no necesitarías hacer una homologación individual, en el caso de vehículos que no cuenten con contraseña de homologación europea, solamente necesitarás una ficha reducida, por lo que se reduce el coste y tiempo del proceso de homologación.

¿Dónde puedo conseguir una ficha reducida para matricular mi coche por cambio de residencia?



En Par Motor Garage SL redactamos este tipo de fichas técnicas reducidas particularizadas en menos de 24 horas, contáctanos.



José Espinosa Conejero Ingeniero Mecánico —
Colegiado nº 5096
Par Motor Garage S.L.

 

Relacionado: homologación y matriculación de coches importados, importar un coche de fuera de la UE.

Preguntas frecuentes

¿Qué requisitos hay para matricular un coche por cambio de residencia?

Haber residido fuera de la UE al menos 12 meses consecutivos, haber tenido el vehículo en propiedad y uso unos 6 meses antes del traslado, e importarlo dentro de los 12 meses siguientes a fijar la residencia en España.

¿Se paga IVA e impuesto de matriculación por cambio de residencia?

No. Por cambio de residencia se aplica la franquicia: exención de aranceles, de IVA y del impuesto de matriculación (IEDMT). Sí se pagan la ITV y las tasas de matriculación de la DGT.

¿Puedo vender el coche después de traerlo?

No durante los 12 meses posteriores a la importación. Si se vende o cede antes, se pierde la franquicia y habría que abonar los impuestos.

¿Hay que adaptar el vehículo?

Normalmente sí: se adaptan las luces a la normativa europea para poder matricularlo con ficha técnica reducida.

José Espinosa Conejero, ingeniero mecánico colegiado nº 5096 en Par Motor Garage
Escrito y revisado por
Ingeniero Mecánico · Colegiado nº 5096

Responsable del área de homologación de vehículos en Par Motor Garage (Torrent, Valencia). Graduado en Ingeniería Mecánica por la Universitat Politècnica de València. Dirige los expedientes técnicos de homologación, importación y matriculación en toda España.

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