Certificación de reformas (vehículo histórico)
Toyota RAV4 2.0 de 3 puertas (SXA10) de 1996 con estribos laterales y defensas Promyges certificadas en el Anexo III como vehículo histórico

Certificación de reformas (Anexo III) de un Toyota RAV4 SXA10 de 1996 como vehículo histórico

Certificación de reformas (Anexo III) de un Toyota RAV4 2.0 de 3 puertas (SXA10) de 1996, expedida a los efectos del artículo 15.3 del Reglamento de Vehículos Históricos (RD 892/2024). Se certifican como reformas autorizadas los estribos laterales y las defensas delantera y trasera Promyges.

Tipo de trámiteCertificación de reformas (vehículo histórico)
VehículoToyota RAV4 2.0
Año1996
Tipo / variante3 puertas (SXA10)
Motor2.0 gasolina
CombustibleGasolina
Reformas homologadasEstribos laterales, defensa delantera y defensa trasera (Promyges)
ResultadoReformas certificadas en el Anexo III conforme al art. 15.3 del RD 892/2024

El proyecto

Hemos emitido el certificado de reformas (Anexo III) de este Toyota RAV4 2.0 de 3 puertas (SXA10) de 1996, la certificación expedida a los efectos del artículo 15.3 del Reglamento de Vehículos Históricos, aprobado por el Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre.

El trabajo consistió en analizar la documentación aportada del vehículo —recogida en los anexos I, II y III del certificado— junto con la documentación bibliográfica del anexo IV, que es la que permite acreditar documentalmente el vehículo y las reformas que presenta. Tras ese análisis se certifica qué reformas lleva instaladas el coche.

En este RAV4, las reformas autorizadas son:

  • Estribos laterales Promyges.
  • Defensa delantera Promyges.
  • Defensa trasera Promyges.

Se trata de tres elementos habituales en los todoterreno de esta época. Al tratarse de un vehículo con vocación de histórico, la vía para documentarlas no es la de una reforma convencional, sino la certificación prevista en el propio Reglamento de Vehículos Históricos.

Este proyecto forma parte de nuestro servicio de matriculación de vehículos históricos, con el que catalogamos y matriculamos clásicos con toda su documentación técnica. Si tu vehículo lleva reformas y quieres saber cómo documentarlas, también te puede interesar la homologación de todoterrenos 4×4. ¿Tienes un caso parecido? Cuéntanos tu caso.

Trabajos realizados

Análisis de la documentación aportada del vehículo, recogida en los anexos I, II y III del certificado
Análisis de la documentación bibliográfica del anexo IV para acreditar el vehículo y sus reformas
Certificación de los estribos laterales Promyges como reforma autorizada
Certificación de la defensa delantera Promyges como reforma autorizada
Certificación de la defensa trasera Promyges como reforma autorizada
Emisión del Anexo III a los efectos del artículo 15.3 del Reglamento de Vehículos Históricos (RD 892/2024, de 10 de septiembre)

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Anexo III del Reglamento de Vehículos Históricos?

Es la certificación expedida a los efectos del artículo 15.3 del Reglamento de Vehículos Históricos, aprobado por el Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre. En ella, tras analizar la documentación aportada del vehículo (anexos I, II y III) y la documentación bibliográfica (anexo IV), se certifica qué reformas presenta el vehículo.

¿Puede un vehículo histórico llevar reformas como defensas o estribos?

Sí, siempre que queden debidamente documentadas y certificadas. En este Toyota RAV4 de 1996 se certificaron como reformas autorizadas los estribos laterales y las defensas delantera y trasera Promyges. La vía para documentarlas en un vehículo histórico no es la de una reforma convencional, sino la certificación prevista en el propio Reglamento de Vehículos Históricos.

¿Para qué sirve la documentación bibliográfica del anexo IV?

Sirve para acreditar documentalmente el vehículo y las reformas que presenta. En coches de cierta antigüedad no siempre existe documentación administrativa completa de cada elemento, por lo que la bibliografía técnica del modelo y de los componentes es la que permite sustentar técnicamente el certificado.

¿Qué antigüedad necesita un coche para ser vehículo histórico?

Con carácter general se exigen 30 años desde su fabricación o primera matriculación, además de conservar el vehículo en un estado acorde con lo que exige el Reglamento de Vehículos Históricos. Cada caso tiene sus particularidades, sobre todo cuando el coche lleva reformas, así que lo recomendable es que un ingeniero revise la documentación antes de iniciar el trámite.

José Espinosa Conejero

Proyecto redactado por

José Espinosa Conejero

Ingeniero Mecánico · Colegiado nº 5096 · Par Motor Garage

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